Un juzgado de Vitoria ha condenado a Osakidetza por vulnerar el derecho a la huelga de una trabajadora de la zona rural de Álava, según el sindicato ELA.

Según informa la central en una nota, la denuncia tiene su origen en la jornada de huelga convocada en abril del pasado año que la empleada afectada tenía intención de secundar tal y como puso en conocimiento de su superior.

ELA señala que pese a que la orden de servicios mínimos establecía que los mismos "deberán cubrirse en primer lugar por personal no huelguista", la trabajadora fue designada como servicio mínimo, pese a haber compañeras que habían manifestado su decisión de no parar.

La afectada demandó a Osakidetza y un año después, un juzgado ha dictaminado que el hecho de que el ente público no articulara ninguna formula para que pudiese hacer huelga cuando había compañeras que no iban a seguirla "es un claro indicio de vulneración del derecho a la huelga de la trabajadora".

Esta sentencia se suma a otra dictada a principios del año 2024 que condenaba a Osakidetza por el mismo motivo, en esa ocasión en el servicio de laboratorio de Consultas Externas de Álava.